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Madrid permite pasear perros sueltos en parques de 19:00 a 10:00 en invierno

La ordenanza de Madrid fija que los perros pueden ir sueltos en parques de 19:00 a 10:00 en invierno y de 20:00 a 10:00 en verano. Las multas llegan a 2.400 euros.

Ana Torres Valdés
Ana Torres Valdés
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La Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Madrid autoriza que los perros vayan sin correa en parques y jardines entre las 19:00 y las 10:00 en invierno y entre las 20:00 y las 10:00 en verano. Fuera de esos tramos, es obligatorio el uso de correa y las multas por incumplir pueden llegar a 2.400 euros.

Los dueños de perros en Madrid solo pueden dejar a sus mascotas sueltas en parques y jardines públicos en franjas horarias concretas. La Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales fija que los canes pueden ir sin correa entre las 19:00 y las 10:00 horas en horario de invierno, y entre las 20:00 y las 10:00 horas en verano, según recoge 20minutos. El resto del día deben ir atados.

La norma no permite que los perros campen a sus anchas por cualquier rincón del parque. Quedan excluidas las zonas infantiles, las zonas de mayores y cualquier área donde se prohíba expresamente su entrada. Tampoco pueden bañarse en fuentes ornamentales, estanques o instalaciones similares, ni beber directamente de grifos o caños de agua de uso público.

Además de los parques y jardines, los perros pueden permanecer sin correa en las áreas caninas habilitadas en los 21 distritos de la ciudad. Estos espacios están acotados para ellos y quedan fuera de la restricción horaria.

Cuando los animales estén sueltos, los dueños o paseadores deben controlarlos en todo momento para evitar molestias o daños a otras personas, a otros animales o a las instalaciones públicas. La ordenanza exige mantenerlos siempre a la vista y a una distancia que permita intervenir si es necesario. También prohíbe incitarlos a atacar a otro perro, a lanzarse contra personas o bienes o a hacer cualquier ostentación de agresividad.

Hay lugares de la capital donde directamente no pueden entrar. Es el caso del jardín histórico de El Capricho, en la Alameda de Osuna, la Quinta de Torre Arias y los Jardines de Sabatini, donde se prohíbe el acceso con mascotas.

Los perros calificados como potencialmente peligrosos tienen una regla adicional: deben llevar siempre correa y bozal en lugares públicos, sin excepción de horario.

El incumplimiento de estas normas conlleva sanciones. La ordenanza considera infracción leve "la permanencia de animales sueltos en zonas no acotadas especialmente para este fin, o fuera de los horarios establecidos", así como "la no adopción de medidas oportunas para evitar la entrada de animales en zonas de recreo infantil o en otras no autorizadas para ellos". Estas prácticas se castigan con multas de entre 150 y 300 euros.

En el caso de los perros potencialmente peligrosos, mantenerlos sueltos en lugares públicos sin bozal ni cadena o correa es una infracción grave, con multas que oscilan entre 300 y 2.400 euros.

Para consultar el horario exacto según la temporada, los dueños pueden revisar la ordenanza municipal, disponible en la web del Ayuntamiento de Madrid. La norma se aplica en todo el término municipal y los agentes de la Policía Municipal pueden denunciar los incumplimientos.

Ana Torres Valdés

Escrito por

Ana Torres Valdés

Redactora de Actualidad

Cubre la información local de Madrid: urbanismo, transporte y el día a día de sus distritos.

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